viernes, 19 de agosto de 2011

Podrán votar el octubre aun aquellos que no lo hayan hecho en las primarias

Frente a la disparidad de criterios en diferentes provincias y por la gran publicidad y variada sobre las consecuencias que acarrearía el hecho de votar o no en las Elecciones Primarias Abiertas Simultaneas y Obligatorias, la Defensoría del Pueblo informo sobre el Fallo de la Cámara Nacional Electoral que aclaró ayer, que quienes no concurrieron a votar el pasado domingo, igual lo podrán hacer el próximo 23 de octubre, cuando se realicen las elecciones generales .


De esta manera, se dejo sin efecto una Resolución de la Jueza María Servini de Cubría, que establecía que quienes no concurrieran a las urnas en las Primarias quedaban inhabilitados para hacerlo en octubre.


El incumplimiento del deber de votar en las elecciones Primarias del pasado 14 de agosto, no constituye un impedimento para votar en los comicios generales del próximo 23 de octubre, afirmo la Cámara  integrada por los doctores, Rodolfo Munne, Santiago Corcuera y Alberto Dalla Vía.


Por ello, el alcance fijado en el Artículo 6º de la Ley 19.108, se toma como que el incumplimiento del deber de votar en las elecciones primarias del pasado 14 de agosto, no constituye un impedimento para votar en los comicios generales del próximo 23 de Octubre.


El Tribunal, autoridad superior en materia electoral, explico que ninguna disposición legal determina que el elector que hubiera omitido votar, aun injustificadamente en las elecciones primarias, puede ser privado de su derecho al voto en las elecciones generales por esa sola razón.



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